Escuchá WOU RADIO en vivo!

Luciano
Top
Image Alt

EMERGENCIA ECONOMICA EN SANTA CRUZ

  /  Política   /  EMERGENCIA ECONOMICA EN SANTA CRUZ

EMERGENCIA ECONOMICA EN SANTA CRUZ

En medio de un clima político tenso, el gobernador Claudio Vidal busca la aprobación de la Ley de Emergencia Económica en la legislatura de la provincia de Santa Cruz, un proyecto que genera preocupación y resistencia por amplios sectores de la población. El texto difundido, es objeto de controversias y cuestionamientos que se intensifican a medida que se aproxima la votación.

 

La propuesta legislativa, conocida solo por los pasillos del gobierno y la Cámara de Diputados  plantea medidas que podrían vulnerar derechos y anticipar una reforma laboral. El pasado viernes, los diputados de Unión por la Patria se negaron a dar cuórum en la sesión extraordinaria, lo que le complica el panorama al primer mandatario.

 

En el centro de las críticas se encuentra la inclusión de un tope a los sueldos de los empleados públicos, una medida que genera rechazo entre los trabajadores. El proyecto también contempla la intervención del Poder Ejecutivo en entes, empresas y sociedades, con la facultad de dar de baja o mantener al personal según considere necesario.

 

Carlos Garzón, secretario General de ATE, advirtió que el proyecto de Vidal “quita derechos adquiridos” y “camufla una reforma laboral”. Su crítica se suma a la preocupación expresada por otros sindicatos, destacando que la ley podría habilitar un estado de excepción y afectar los derechos adquiridos en las convenciones colectivas de trabajo.

 

 

Los 7 puntos clave del proyecto de Vidal

 

El proyecto del gobierno a cargo de Claudio Vidal establece en su Artículo 1 la declaración de la Emergencia Económica y Financiera por un año, prorrogable por igual término.

El Artículo 2, que otorga al Poder Ejecutivo la potestad de intervenir en todos los entes, empresas y sociedades de la provincia. Esta intervención podría tener implicaciones significativas en la gestión y operación de diversas entidades, generando preocupaciones sobre la posible concentración de poder en manos del Ejecutivo.

 

El Artículo 3, por su parte, amplía aún más las facultades del Poder Ejecutivo al permitir la transformación de la tipicidad jurídica de entes, empresas y sociedades. La posibilidad de crear nuevas empresas o sociedades mediante escisión, fusión, extinción o transformación plantea un escenario de reestructuración radical que, si bien podría ser necesario en situaciones de emergencia, también conlleva riesgos considerables. La redistribución de cometidos y la reorganización de funciones pueden afectar la estabilidad laboral y la eficiencia operativa.

 

El Artículo 4, al suspender los subsidios, subvenciones y compromisos similares que afecten los recursos del Tesoro Provincial, refleja una medida que podría tener impactos directos en sectores vulnerables que dependen de este tipo de apoyos.

 

En cuanto a la suspensión de la pauta publicitaria, según lo establecido en el Artículo 5, se plantea una restricción significativa en la difusión de información por parte de los medios de comunicación. Esta medida, aunque con excepciones, levanta interrogantes sobre la transparencia y la libre expresión en un contexto de emergencia.

 

El Artículo 6, que establece límites salariales para funcionarios y empleados, limitando sus remuneraciones al 95% de la fijada para el Gobernador de la Provincia, genera desafíos adicionales en la retención y atracción de talento en el servicio público. Las excepciones previstas podrían generar inequidades y tensiones internas.

 

El proyecto, a lo largo de sus 31 artículos, también aborda aspectos organizativos y de gestión, desde nuevos nombramientos hasta la revisión de ingresos realizada seis meses antes del inicio de la gestión de Claudio Vidal. Estas disposiciones detalladas reflejan una visión integral de la emergencia, pero también plantean interrogantes sobre la posible rigidez de las medidas propuestas.

 

En relación con los municipios, el proyecto especifica cómo la Provincia puede asistirlos, brindando un marco para el saneamiento de situaciones económicas y financieras. Sin embargo, las exclusiones detalladas en los artículos 20 y 21 plantean la necesidad de evaluar cuidadosamente los impactos a nivel local y las posibles tensiones entre municipios y el Estado provincial.

 

La Ley de Emergencia Económica en Santa Cruz presenta una serie de medidas drásticas que, si bien podrían ser necesarias para afrontar crisis económicas, también plantean desafíos significativos en términos de transparencia, equidad y estabilidad laboral.

La resistencia de diversos sectores y la complejidad de las disposiciones reflejan la delicada balanza entre la urgencia de la emergencia y la necesidad de preservar derechos y garantías fundamentales.