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A PAGAR GANANCIAS!!

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A PAGAR GANANCIAS!!

Con una circular el Gobierno de Claudio Vidal informo que a partir de ahora los empleados Publicos de Santa Cruz comenzaran a pagar ganancia.

 

La Ley elimina varias de las exenciones que beneficiaban a los trabajadores en los casos que sus salarios se vieran incrementados transitoriamente por el cobro de horas extras, bonificaciones y otros beneficios.

 

1) ¿Desde cuándo vuelve a cobrarse el impuesto a las Ganancias?

El impuesto vuelve a cobrarse a partir de su reglamentación, por lo que los sueldos de julio (que se cobran en agosto) ya pasarán a pagar Ganancias, en caso de que corresponda.

Sin embargo, al tratarse de un impuesto anual (aunque se paga todos los meses, los ingresos de los trabajadores se calculan por el total de los 12 meses del año calendario) la ley tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2024.

2) ¿A partir de qué salario se paga el impuesto a las Ganancias?

El mínimo no imponible -los ingresos a partir de los cuales se cobra el impuesto- será de $ 1,8 millones brutos (casi $ 1,5 millones netos, es decir, después de aplicados los descuentos) para solteros y $ 2.340.000 (casi $ 2 millones netos) para personas casadas con 2 hijos.

3) ¿Todos los trabajadores que superen el mínimo pagarán lo mismo?

No, el impuesto establece una escala progresiva de alícuotas que van del 5% para los sueldos más bajos hasta el 35% para los más altos. Estas alícuotas no se aplican sobre todo el sueldo, sino en la diferencia entre el salario neto del aportante y el piso establecido por la ley, considerando, además, el tope de aportes que se modifica mensualmente con la ley de movilidad jubilatoria.

De acuerdo con cálculos de SDC Asesores Tributarios, que dirige el tributarista Sebastián Domínguez, una persona soltera sin hijos que gana $ 1,9 millones brutos ($ 1.577.000 netos) tendrá una retención de Ganancias de $ 4.150. Esto es, el 5% de la diferencia entre el sueldo de referencia (1.577.000) y el mínimo a partir del cual se empieza a pagar $ 1.494.000 ($ 83 mil).

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En tanto, una persona casada con 2 hijos con un sueldo bruto de $ 2,4 millones ($ 2.014.000 netos) tendrá un descuento de $ 1.683.

En los sueldos más altos, una persona soltera con un salario bruto de $ 4,9 millones ($ 4.514.944 de bolsillo) pagará una alícuota del 35%, unos $ 728 mil.

 

4) ¿Los bonos y las horas extras quedan exentos del pago?

No. La Ley elimina varias de las exenciones que beneficiaban a los trabajadores en los casos que sus salarios se vieran incrementados transitoriamente por el cobro de horas extras, bonificaciones y otros beneficios.

Según SDC Asesores Tributarios, las eliminaciones afectan a la diferencia del valor de las horas extras y el de horas ordinarias por los servicios prestados en días feriados o fines de semana, para guardias obligatorias y horas extras realizadas por trabajadores de la salud, viáticos y material didáctico para los docentes, entre otras.

5) ¿Qué pasa con los trabajadores de la Patagonia?

También se eliminó el piso diferencial que beneficiaba a los trabajadores de la zona patagónica, quienes comenzaban a tributar a partir de salarios un 22% más altos que el resto de las personas alcanzadas por el impuesto.

No obstante, se incorporaron deducciones especiales para algunos ítems salariales que cobra el personal de empresas de extracción de hidrocarburos que se desempeñen en boca de pozo o en tareas afectadas a la perforación, terminación, mantenimiento, reparación y producción de pozos petrolíferos o gasíferos.

   FUENTE: CHEQUEADO.COM