La gerenta general de la Caja de Previsión Social (CPS) explicó el proceso de cruce de información puesto a prueba durante tres meses por el que determinaron dejar sin efecto el certificado de supervivencia. “El Estado debe crecer en ese sentido”, expresó.
La gerenta general de la Caja de Previsión Social (CPS) explicó el proceso de cruce de información puesto a prueba durante tres meses por el que determinaron dejar sin efecto el certificado de supervivencia. “El Estado debe crecer en ese sentido”, expresó.
Esta semana, la Caja de Previsión Social resolvió dejar de exigir el trámite por el que se certificaba una vez por año la fe de vida y se actualizaban los datos de las personas jubiladas, pensionadas y retiradas de la provincia.
“Realizamos cruces de información mediante el Sistema de Identificación Nacional, Tributario y Social (SINTyS) y nos dimos cuenta que podíamos resolverlo sin generarle al beneficiario un gasto extra”, detalló la gerenta general de la CPS, Belén Elmiger, al dialogar con LU14 Radio Provincia acerca del certificado de supervivencia que, luego de la resolución firmada por el presidente del ente previsional, Marcial Cané, quedó sin efecto su exigencia para los beneficiarios que residan en la Argentina. “Lo probamos durante tres meses, fue bueno el resultado que obtuvimos y, con ellos, resolvimos eliminarlo dentro del territorio argentino”, señaló Elmiger.
En el mismo sentido, indicó que, “cuando nos hicimos cargo del manejo de la Caja, lo primero que vimos fue que estaba vigente la presentación del certificado de supervivencia de 2023. Frente a las consultas de la gente, con el presidente empezamos a pensar cuál sería la mejor forma para no tener que exigirles un gasto que podíamos evitar, gestionando la información que tenemos.”, detalló sobre el proceso por el que resolvieron eliminar ese trámite.
“Nosotros, como Estado, contamos con la información y no necesitamos que el beneficiario nos la de. El Estado debe crecer en ese sentido, en facilitarle la vida al ciudadano”, concluyó.
En tanto, la resolución dada a conocer esta semana presenta una excepción para los beneficiarios que residan fuera del país. Establece que “entre el 1º de septiembre y el 30 de noviembre del año 2024, los beneficiarios de la Caja de Previsión Social que residen fuera de la República Argentina, deberán presentar el ‘Certificado de Supervivencia’ con carácter de declaración jurada, de forma obligatoria y todos los años”.
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