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Luciano
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DÍA DOBLEMENTE HISTÓRICO

 

Mientras en un día histórico para los argentinos, el Senado de la Nación tratará la Interrupción Voluntaria del Embarazo, en Diputados hoy se estará debatiendo la nueva fórmula de movilidad jubilatoria.

 

El plenario de comisiones avaló el texto aprobado en el Senado, con una fórmula que incluye la variación salarial y la recaudación de Anses y que se ajusta trimestralmente. Se trata en el recinto el martes y comenzará a utilizarse en 2021.

La Cámara de Diputados convocó a una sesión especial en la que se debatirá el proyecto de Movilidad Jubilatoria, que obtuvo dictamen en un plenario de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Previsión y Seguridad Social.

Teniendo en cuenta que se trata de la última sesión del año, fuentes parlamentarias estiman que el debate del proyecto sobre movilidad jubilatoria se extendería hasta la medianoche.

La sesión se realizará bajo la movilidad presencial con las excepciones de conexión remota para aquellos diputados que integran grupos de riesgo, ya sea por cuestiones de edad o de salud.

El DICTAMEN

El bloque de diputados del Frente de Todos, con el respaldo de bloques provinciales, consiguió emitir un dictamen de mayoría sobre el proyecto de movilidad jubilatoria.

De esta manera, el plenario de comisiones avaló el texto aprobado en el Senado, por el cual las jubilaciones se ajustarán con una fórmula que combina en un 50% la recaudación de la Anses y en otro 50% la variación salarial, surgida de la que resulte más alta entre las medidas por el Indec y por el Ministerio de Trabajo, en base a al índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

¿A QUIÉNES AFECTA LA SUSPENSIÓN DEL ÍNDICE DE MOVILIDAD DE LA LEY 24.241?

La modificación de esta Ley no sólo afecta a los jubilados sino que impacta de lleno en  todas las prestaciones previsionales a cargo de la ANSES.

Es decir que, de aprobarse, también realizaría cambios en lo que perciben los beneficiarios de las Asignaciones Familiares, entre ellas, Asignación Universal por Hijo (Ley 27.160) y Pensión Universal del Adulto Mayor (Ley Nº 27.260 – Decreto Nº 110/18). Asimismo, ajustaría las cuotas pendientes de pago de los Acuerdos Transaccionales suscriptos en el marco de la Reparación Histórica instituida por la Ley N° 27.26, las pensiones de los veteranos de guerra, a los Investigadores Científicos y Tecnológicos, y a los Docentes Universitarios, entre otros.