Santa Cruz cumplió con el pedido de la Corte para preservar la Península.
Hace cuatro meses, la Corte le dio la razón a dos empresas que quieren construir hoteles de lujo en una zona protegida de Santa Cruz y le otorgó a Provincia, un plazo para establecer su plan de manejo. El Gobierno lo terminó y es más que restrictivo.
En noviembre, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró que la prohibición de la actividad comercial en península de Magallanes es inconstitucional. En ese fallo, en el que uno de los supremos hizo una férrea defensa de la propiedad privada por sobre el cuidado del ambiente, le dieron la razón a dos empresas que hasta acá, no lograron levantar hoteles de lujo.
Las tierras en cuestión se traducen en cientos de hectáreas ubicadas en el departamento Lago Argentino, y su margen inferior, linda en un frente al brazo Rico del lago Argentino, con completa cercanía al camino de acceso al Perito Moreno y, por lo tanto, vista al glaciar, lagos y montañas.
Desde el año 1993 en adelante, durante la primera gobernación de Néstor Kirchner, se fueron dictando distintas leyes sobre el tema, entre ellas la 2.492, que establecieron restricciones sobre la península, donde, básicamente, no se podía hacer ninguna edificación ni desarrollo comercial, bajo la premisa de preservarla como un área protegida para los santacruceños y santacruceñas.
La decisión de la Corte plasmada en ochenta hojas, fue adversa al distrito gobernado por Alicia Kirchner que arrastraba una deuda con las normas de protección de la zona: su Plan de Manejo.
Es el fallo en el que Ricardo Lorenzetti se abstuvo para no contradecir su voto del año 2014, cuando defendió el ambiente de la península de Magallanes en la sentencia Lacustre del Sud, que puso por delante el principio de protección ambiental sin reservas, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda fueron contra el Gobierno santacruceño en coincidencia con Carlos Rosenkrantz, que tuvo el voto más duro, al mencionar que “las normas promulgadas por la provincia de Santa Cruz son de aquellas que violan la propiedad privada como derecho individual y, al mismo tiempo, lo neutralizan como elemento central del programa constitucional para el desarrollo de la riqueza nacional”.
En 2005, la firma Apen Aike presentó una demanda contra la provincia para que declare la inconstitucionalidad de nueve leyes y una resolución del Consejo Agrario, que prohíben avanzar con cualquier proyecto comercial en península de Magallanes, entendiendo que iban en contra de sus derechos de propiedad y a ejercer industria licita.
De hacerse, los hoteles de lujo tendrán acceso y vista al glaciar Perito Moreno.
Apen Aike tiene siete terrenos en la península, dentro del área natural protegida, que oscilan entre las 3 y las 760 hectáreas con proximidad al glaciar Perito Moreno y un año antes de la demanda firmaron un convenio con Alvear Palace Hotel S.A., que quería construir un hotel, pero se encontraron con que en Santa Cruz, las áreas se cuidan y la vista a la naturaleza, todavía es de todos y todas.
Es más, doce años después de ese acuerdo empresarial, se sancionó la Ley Nº 3.466 de Áreas Protegidas, que fue atacada por los empresarios que vieron en peores condiciones su derecho a la propiedad privada aunque, con una luz de esperanza porque esa ley estableció que la provincia debía crear un Plan de Manejo de la península y éste, nunca apareció, hasta este miércoles.
La otra empresa es Coihue S.R.L., representada por Carlos Bacqué y Gastón Yaryura Tobías, que trabó su demanda contra Santa Cruz en 2004, pero reclamando además daños y perjuicios.
Es dueña de dos parcelas en la península, 108 y 392 hectáreas respectivamente, adquiridas en el año 1970 y que cuentan con vistas panorámicas hacia el glaciar Perito Moreno, y que, según ellos, son aptas parta el desarrollo de diversos emprendimientos.
Es que esta firma alegó que había invertido no sólo en el terreno sino en estudios de factibilidad para el desarrollo de emprendimientos, y que se les impidió el ejercicio del derecho a trabajar y cualquier tipo de industria lícita, al tiempo que Santa Cruz sí le permitía a otra firma, el Hotel Los Notros, operar sin restricciones.
El dato en común entre ambas firmas es, además, que esas tierras en Santa Cruz son sus únicos bienes y las dos están declaradas con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.
Coihue reclamó el pago actualización, estudios técnicos, menoscabo del valor del inmueble, lucro cesante, daño moral y por haber perdido la chance de asociarse para hacer un hotel.
Si en 120 días no se presentaba el Plan de Manejo, las empresas tendrían vía libre.
Durante la administración de Alicia Kirchner, el caso fue llevado adelante por la Fiscalía de Estado que conduce Fernando Tanarro y quien fuera la abogada de la provincia ante el máximo tribunal, Graciana Peñafort.
En noviembre, luego de más de una década de pleito, la Corte dijo lo suyo y no sorprendió a nadie: “La prohibición de hacer proyectos de subdivisiones, proyectos de desarrollo o de cualquier otro constituye una vulneración inconstitucional al derecho a la propiedad de la parte actora”.
En las dos causas, la Corte condenó a Santa Cruz a pagar millonarias sumas. En el caso de Coihue fueron 240.000 en concepto de daño emergente y de 6.426.080 a titulo de pérdida de chance.
Aún así, le marcó al Gobierno un plazo de 120 días corridos a partir del fallo para que mostrara su Plan de Manejo. Casi sobre la hora, el Plan llegó y la administración de Alicia Kirchner no desiste de su idea original; que los hoteles no sucedan.
Es importante acá hacer una distinción. La CSJN nunca declaró que las leyes ambientales de la provincia patagónica fueran inconstitucionales, sino que lo que dijo fue que la restricción que encierran esas normas respecto de avanzar con obras en la península lo son y que si por caso, en los cuatro meses posteriores al fallo no había un programa para administrar el cuidado de las áreas, entonces los empresarios podían hacer lo que quisieran con sus tierras.
Fue Rosenkrants, el ministro designado por un decreto macrista, quien en su voto fue mucho más duro con Santa Cruz y concluyó que las prohibiciones eran consecuencia directa de Plan de Manejo y del fracaso en concebirlo, marcando la impericia de las autoridades provinciales y que las leyes vigentes violan, tanto la propiedad privada como derecho individual.
Tal como informó La Opinión Austral el año pasado, previo al fallo de la Corte, la administración de Kirchner había contratado una auditoría a través del Fondo Unirse, por alrededor de $ 2 millones, que comenzó su tarea este verano para establecer los alcances del uso público de la península.
Sin plan B
El Área Natural Protegida Península de Magallanes, está integrada por la Reserva Provincial Península de Magallanes Zona Norte, la Reserva Provincial Península de Magallanes Zona Sur y el Parque Provincial Península de Magallanes, creada por la Ley Provincial N° 786, a la que en el año 1994 se le sumó la Ley N° 2.387 que determinó los objetivos que debe cumplimentar el Plan de Manejo de la Reserva Provincial Península de Magallanes.
El plan debía tener como objetivo conservar el equilibrio ecológico de los sistemas naturales, procurando el mantenimiento de la mayor parte del área en condiciones silvestres; actuar como área de amortiguación de impactos respecto al parque nacional contiguo; asegurar el uso sustentable de los recursos naturales; preservar el hábitat y brindar protección a las especies de fauna, entre otras.
En noviembre, la Corte declaró inconstitucional la prohibición de construir en la península.
La Ley 3.466 marcó los criterios generales de conservación, ordenamiento y manejo de áreas naturales protegidas, instituyendo al Consejo Agrario Provincial como autoridad de aplicación, incluyendo planes de gestión de los recursos naturales, de los ecosistemas y de la calidad ambiental de los asentamientos humanos, que deben ser aprobados por el Poder Ejecutivo.
“El plan de gestión Área Natural Protegida Península de Magallanes tendrá una vigencia de cinco años a partir de su implementación” se lee en el decreto provincial sobre el informe que resulta altamente restrictivo para el desarrollo de todo proyecto, aun cuando la administración de Javier Belloni, en El Calafate, solicita desde hace tiempo, la creación de una pista de esquí para potenciar el turismo en la villa.
El Plan delimita que las concesiones, habilitaciones y permisos que se otorguen estarán supeditados a la aprobación del Gobierno, de acuerdo a las disposiciones que surjan del programa de gestión.
Habla de un desarrollo regulatorio que permita un uso sustentable y respetuoso del ambiente, la necesidad de que cualquier construcción sea con armonía paisajística, utilizando elementos de la naturaleza y sobre la restricción construcciones en el Parque, un mínimo impacto ambiental y paisajístico, buscando la erradicación de la actividad ganadera, excepto en la Reserva Provincial.
Fuente: LOA