El Plan de Regularización de Deuda para todas aquellas personas que tengan deudas con la Comuna por diversos conceptos, fue presentado por la Municipalidad de Río Gallegos, a través de la Secretaría de Hacienda.
Esta decisión responde a la necesidad de arbitrar medidas en el marco de la situación de emergencia sanitaria, comercial y económica que atraviesa la ciudad y que existe un gran número de contribuyentes que se encuentran en mora con el Municipio.
Por ello, se busca establecer una opción que permita a los vecinos regularizar su situación, considerando las dificultades económicas de gran parte de la comunidad. Cabe destacar que este plan está disponible hasta el 31 de octubre para todos aquellos que cumplan determinados requisitos.
En primer término, se estableció que para las deudas vencidas y/o a vencer hasta el 31 de diciembre de 2020 en concepto de Impuestos, Tasas, Derechos y Contribuciones Municipales habrá una bonificación del 100% de los intereses por mora, siempre que el pago sea de contado.
En caso de abonar en 3 cuotas, la bonificación sobre los intereses por mora será del 80%.
Si el pago se hace en 6 cuotas, se descontará el 50% de los intereses por mora.
Continuando con la misma metodología, el pago en 12 cuotas tendrá una bonificación del 40% sobre los intereses, si el pago es en 24 cuotas la bonificación será del 30%; si es en 36 cuotas baja al 20% y en 48 cuotas al 10%.
Por otra parte, para quienes adeuden Multas, Infracciones de Tránsito, comercio, bromatología y otras, o que tengan deudas contravencionales que estén siendo tramitadas en el Juzgado de Faltas, y que hayan sido originadas antes del 31 de diciembre de 2018, podrán acceder a diversos descuentos: en caso del pago contado se obtendrá una reducción del 30% del total de la deuda, si en cambio se hace en 3 cuotas, el descuento será del 20%. En este caso también los contribuyentes podrán abonar el 50% en un pago y financiar el resto en hasta un máximo de 3 cuotas.
Además, en caso de vehículos secuestrados los mismos podrán ser retirados una vez se encuentre acreditado el 50% de la deuda.
Cabe destacar finalmente que este plan no es aplicable a contribuyentes cuyas deudas fiscales estén en instancias judiciales.