FALLO JUDICIAL DEJA SIN EFECTO POR 30 DÍAS LA AMPLIACIÓN DEL TRIBUNAL SUPERIOR
La Justicia suspendió las resoluciones que ampliaron el Tribunal Superior de Justicia
Río Gallegos.– El Juzgado de Primera Instancia de Familia N° 3 de Río Gallegos dictó una medida cautelar que ordena la suspensión por 30 días de los efectos de las resoluciones de la Cámara de Diputados y de los decretos del Poder Ejecutivo provincial que habilitaron la ampliación del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz.
La decisión se enmarca en la acción de amparo presentada por Eloy Dante Echazú, que cuestiona la legalidad de la sesión legislativa del 25 de septiembre en la que se aprobó la designación de nuevos vocales.
La medida cautelar
En su resolución, la jueza Cecilia López sostuvo:
“Corresponde decretar una medida interina en los términos del Art. 4 inc. 1 de la Ley 3947, ordenando la suspensión de los efectos de las Resoluciones HCD N° 234 y 235 y de los Decretos N° 858/2025 y 859/2026 del Poder Ejecutivo Provincial, como también de cualquier otro tipo de actuación que se haya llevado adelante con sustento en las mentadas normas por el término de 30 días y/o hasta tanto esta magistratura se encuentre en condiciones de evaluar en forma definitiva los recaudos específicos de toda medida cautelar”.
La jueza consideró que existen “circunstancias graves y objetivamente impostergables” que justifican la protección inmediata del derecho invocado por el amparista.
El planteo del amparo
El amparo presentado solicita la nulidad de la sesión extraordinaria de Diputados del 25 de septiembre y de los actos derivados, al considerar que se llevó adelante pese a la existencia de dos órdenes judiciales que la impedían. El escrito además señala la “omisión total y flagrante” del reglamento interno de la Legislatura durante ese procedimiento.
Impacto institucional
La decisión judicial no anula los actos cuestionados, pero frena su aplicación hasta que se resuelva el fondo de la causa. Con este pronunciamiento, quedan en suspenso las designaciones de los nuevos vocales del Tribunal Superior de Justicia, así como cualquier medida que derive de las resoluciones y decretos atacados.
De esta manera, la magistratura provincial mantuvo el “statu quo” previo a la sesión legislativa, en línea con la doctrina de que la suspensión cautelar busca evitar daños de difícil o imposible reparación ulterior.