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APUNTES SOBRE LA LEY Nº 3692

Trabajo y diálogo para que se cumpla con el espíritu de la Ley Nº 3692. A diez meses de haber sido aprobada por la Legislatura santacruceña, la ley de emergencia para las tierras rurales sigue generando posiciones encontradas. Proteger el ambiente sin afectar la producción, en el centro de la polémica.

Daniella Mancilla Provoste

El Poder Legislativo de Santa Cruz sancionó a principios de este año una ley por la que se declaraba la “Emergencia en materia de posesión y tenencia de tierras rurales”. Por un año -con opción a dos- prohíbe que, tanto tierras públicas como privadas, tengan como destino la creación de áreas protegidas.

Desde su aprobación hasta ahora, la norma es el centro de una polémica que pareciera no encontrar fin. Mediante una carta abierta titulada “Santa Cruz, el reino del revés”, cerca de medio centenar de organizaciones ambientalistas intentaron alertar que la “Ley 3692 es inédita y sienta un antecedente grave a nivel nacional e internacional”.

A la vez, los sectores productivos, han celebrado su sanción, toda vez que – dicen – permitirá definir qué áreas deberán ser protegidas por cuestiones ambientales y ecológicas y cuáles podrán destinarse a la actividad económica”.

Qué dice la norma

La Ley 3692 declara dicha emergencia en referencia a los terrenos que pudieran ser destinados a la creación de “áreas naturales protegidas, reservas, reservas naturales, nacionales, estrictas, silvestres y/o educativas, parques, monumentos, y todas aquellas áreas cuyas categorías están definidas en la Ley 3466, el Sistema Provincial de Áreas Protegidas”, y a la “legislación nacional del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP)”. A la vez, prohíbe la celebración de cualquier acto administrativo con el que se intente crear alguna de las áreas tipificadas, sean “públicas o privadas”, hasta tanto no se disponga de “un inventario actualizado”, que dé cuenta de la “totalidad de los establecimientos agropecuarios, no agropecuarios y todos aquellos inmuebles y áreas públicas y privadas de la zona rural” provincial.

La norma define que el “Inventario de Relevamiento de Tierras Rurales”, deberá contener -entre otros datos- nombre del establecimiento, superficie y ubicación, estado de dominial, datos de la persona humana o jurídica (incluyendo su integración societaria) dueña del inmueble y si posee otras extensiones de tierra en la provincia. También deberá detallar quién y qué utilidad le dará, su potencialidad productiva, además de los impactos producidos por los predios que no tengan producción agropecuaria en las parcelas productivas vecinas.

Una vez finalizado dicho relevamiento, debería diseñarse “el correspondiente proyecto de Plan de Desarrollo Estratégico del Sector Agropecuario Provincial”, en articulación con el Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, la Secretaría de Estado de Ambiente y “excluyentemente”, con participación de las universidades UNPA y UTN. Además define la invitación al INTA y Senasa.

Algunas voces


La Federación de Instituciones Agropecuarias de Santa Cruz (FIAS) consideró injustas las acusaciones contra el Gobierno provincial, y juzgó lógico que se haya fijado un periodo “para hacer un análisis de la situación territorial respecto de las áreas protegidas, tratando de evitar que la decisión sobre las mismas se deposite en organizaciones privadas nacionales e internacionales”.

Desde la Fundación Rewilding Argentina, propietaria de una reserva privada de uso público, indicaron que, “a pesar de considerar que fue injustificado suspender la creación de áreas protegidas para ordenar y promover la el desarrollo económico rural”, se encuentran trabajando, a pedido del gobierno, “para aportar información que permita un rápido cumplimiento de lo que se entiende como el espíritu de la ley: promover el desarrollo productivo rural asegurando el cuidado del ambiente.” Entienden que ambos objetivos son parte de una única visión si se busca la sostenibilidad a largo plazo. “Esperemos no haga falta extender los plazos más allá de enero 2021, señalaron.

Otra de las organizaciones que se han manifestado en relación a esta ley es la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). Su directora ejecutiva adjunta, Ana Di Pangracio, expresó que debería surgir “un diálogo multisectorial. Justamente la actividad productiva llevada adelante de manera irresponsable y no amigable con el ambiente ni planificada, es la que ha causado los severos problemas de desertificación y degradación de tierras en Santa Cruz.”

El secretario de Ambiente de la provincia de Santa Cruz, Mariano Bertinat, había expresado en una columna de opinión que la polarización estaba provocando una distorsión de la discusión en torno al destino de las tierras en la provincia. “Las pujas entre sectores, sumado a fuertes procesos de desertificación y escasez de agua, acelerados por un cambio climático indiscutible, nos obligan a pensar en nuevas estrategias que permitan adaptarnos y potenciar las economías regionales mediante políticas sostenibles de largo plazo”, escribía Bertinat.

¿Es factible encontrar un consenso en torno a que sean compatibles la producción agropecuaria y el cuidado de la rica biodiversidad de Santa Cruz? Lo cierto es que ese resultado dependerá de las posibilidades de diálogo entre la comunidad, sus organizaciones y las autoridades provinciales. Que así sea.

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