El HCD de la ciudad aprobó ayer la serie de disposiciones enviadas por el Ejecutivo municipal que tiene como objetivo según palabras del Intendente Grasso, “disminuir la curva y que pasemos navidad con los nuestros”.
Natalia López Gómez
Cabe aclarar que la disposición tendrá vigencia durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria.
Para clarificar la metodología de control, la Secretaria General del HCD, Rosana Inostroza, señalo que “como es de público conocimiento, en el día de ayer el Concejo Deliberante concedió referéndum al Decreto N° 2349, por medio del cual se incorpora el artículo 218 bis a la ordenanza 2039, en el Código Municipal de Faltas”, esto es, la sanción punitoria a quienes incumplan con las normas sanitarias previstas por el Municipio.
“Este decreto y el referéndum que se otorga desde el Concejo, no priva bajo ningún concepto, del derecho al trabajo que tienen cada uno de los vecinos de la ciudad. La intención y el propósito que tiene el Intendente municipal es bajar la curva de contagio. Sabemos que Rio Gallegos está en una situación muy difícil, en relación a la pandemia. Ayer tuvimos que lamentar el fallecimiento de 7 vecinos”.
En la ciudad los índices de contagios son elevados, desde el Ejecutivo municipal entienden que se deben aplicar controles más exhaustivos, para controlar el brote.
En este sentido, Inostroza aclara que “esta medida no viene a coartar la libertad de trabajo de ningún riogallleguense. Todas las personas que estén habilitadas para circular -monotributistas, empleados de comercio, albañiles, venta ambulante-, van a poder desarrollar sus tareas como lo seguían haciendo”.
La ordenanza ratificada ayer por la mayoría oficialista del cuerpo deliberativo, comenzara a aplicarse desde el día de hoy.
Las multas
La ordenanza prevé sanciones a las personas que infrinjan el artículo 218 bis, incorporado al Código Municipal de Altas.
Se multara a las personas que quieran ingresar a comercios, o estén en lugares públicos sin usar el tapabocas. “Esta norma esta prevista hace 4 meses, explica la secretaria General, todos sabemos que no debemos entrar a un local sin tapabocas”. Para esta falta, se prevé una multa que va desde los 2000 pesos, hasta los 10000.
“La ordenanza N° 9330, ya lo establecía. Para sancionarla, los concejales y el intendente fueron asesorados por un grupo de profesionales de la localidad, quienes solicitaron se disponga del uso obligatorio de tapabocas. Ahora, si los vecinos salen a correr, o hacer ejercicio, no es necesario”.
La primera prevención empieza individualmente, pero, dada la situación epidemiológica, y el incumplimiento de los protocolos que a diario se replican por todos los medios posibles, se definió sancionar a las personas que incumplan.
Otro de los articulados determina sanción para aquellas personas que no cumplan con el aislamiento social preventivo y obligatorio. “Sabemos de personas que han mantenido contacto estrecho con casos positivos, y circulan por la ciudad, cuando el protocolo sanitario les solicita aislarse por 14 días en su domicilio. Debemos exigir que estas personas cumplan esa medida, para evitar la propagación del virus”. En este caso la multa es de 20000 a 200000 pesos.
Se designa como infracción, igualmente, cuando la persona circula en un día que no corresponde con el cronograma de acuerdo a la terminación del DNI. “Todas estas disposiciones, ya estaban, son conocidas. Lunes, miércoles y viernes son para pares, martes, jueves y sábado, impares. Simplemente buscamos ordenar, los comerciantes deben exigir el documento. Aquellas personas que circulen bajo modalidad de DNI que no corresponda con el día permitido, va a ser punible de la infracción que va desde los 10000 a 50000 pesos.
“No vamos a coartar la libertad de trabajo de ningún riogalleguense, añadió Inostroza. Los comerciantes pueden seguir trabajando. Los clientes deben ingresar con el DNI, de acuerdo a la modalidad fijada. La ordenanza prevé multas a los comercios que no pidan estas medidas, pero estas reglas vienen hace unos meses, no son nuevas”. La multa será de 20000 a 200000 pesos, en este caso.
Finalmente, “las reuniones sociales están prohibidas. Absolutamente, por un decreto nacional. No se pueden hacer reuniones sociales de ninguna índole, aquellos que infrinjan esta norma, recibirán una sanción que puede ir de 10000 a 50000 pesos”.
La autoridad de aplicación de esta norma es el Juzgado Municipal de Faltas, a través de sus autoridades. Y tendrán las herramientas de control los inspectores de Comercio y de Transito de la comuna. Hoy quedo instaurada la ordenanza. Desde hoy pueden realizar infracciones. A cuidarse.