Para esta nueva etapa -que comienza el lunes y se extiende hasta el 20 de diciembre- se presentan tres modalidades distintas en Santa Cruz. La Gobernadora decretó ASPO para el Departamento Deseado, un DISPO con disposiciones especiales para Río Gallegos y El Calafate y DISPO para el resto de la provincia.
El Decreto N° 1435/20 de adhesión al DNU N° 956/20 firmado por la Gobernadora Alicia Kirchner establece los protocolos para la provincia de Santa Cruz hasta el 20 de diciembre de acuerdo a la situación epidemiológica de cada localidad.
Dentro de las medidas comunes, tanto para Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) como para Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) se mantiene la obligatoriedad de mantener 14 días de aislamiento para quienes ingresen a la provincia y la dispensa de asistir a sus lugares de trabajo a personal estatal del interior provincial mayores de 60 años, grupos de riesgo o que deban quedarse al cuidado de los niños.
Río Gallegos y El Calafate
El Decreto prevé una serie de disposiciones especiales para el régimen de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio exclusivamente para el ámbito de las ciudades de Río Gallegos y El Calafate.
Reuniones sociales: Quedan autorizadas las reuniones sociales de no más de 10 personas en espacios públicos hasta el 20 de diciembre, pero en su Artículo 10° quedan expresamente prohibidas las reuniones sociales en espacios cerrados hasta el 14 de diciembre, quedando sujeta esta prohibición a los indicadores epidemiológicos que en el futuro informe la autoridad de Salud.
Comercios: La nueva normativa extiende el horario permitido para desarrollar actividades económicas fijándolo entre las 8 y las 24, y faculta a los COE locales de Río Gallegos y El Calafate a determinar de qué manera se limitará. Actualmente en Río Gallegos el horario comercial más limitado es el de los supermercados que deben cerrar a las 19 horas, tras el nuevo decreto queda el interrogante si se extenderá hasta el horario habitual de las 22 horas o se equipará a los pequeños comercios que pueden funcionar hasta las 21 horas.
Asimismo continúa la modalidad de ingreso según terminación de DNI para los supermercados, retiro o entrega de paquetería, o comercios mayoristas, hipermercados y corralón de materiales, pero ya no será exigible para circular por la ciudad.
No se puede usar vestidores ni concurrir “en familia” a los comercios, ni llevar a los niños, niñas y adolescentes. Tampoco pueden funcionar casinos ni casas de juego.
Actividad Física: Se mantiene la actividad física individual y continúa la prohibición de deportes de equipo cuya práctica implique la violación de los protocolos de bioseguridad (contacto, sin distancia, etc.)
Disposiciones con DISPO
Compartimos las disposiciones comunes para todas las localidades de la provincia para las cuales se decretó el DISPO, incluyendo Río Gallegos y El Calafate, a excepción de las que integran el Departamento Deseado.
Queda expresamente prohibido:
– Los eventos culturales, recreativos y religiosos en espacios públicos o privados de más de 10 personas. (sí en lugares abiertos)
– Los eventos sociales en espacios cerrados y domicilios, sin importar el numero de concurrentes.
– Deportes de equipo
– Apertura de cines, teatros, clubes y centros culturales
– Transporte público interurbano
Localidades en ASPO
Para las localidades que integran el Departamento Deseado, Las Heras, Pico Truncado, Caleta Olivia, Puerto Deseado, Cañadón Seco, Jaramillo, Fitz Roy y Koluel Kaike que se encuentran en Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) se decretó la prohibición del funcionamiento de las siguientes actividades:
Centros de estética, spa, masajes, arte corporal, gimnasios y todas aquellas que para su realización requieran un mínimo contacto físico con el cliente o usuario. Las salidas para circular en la ciudad serán según terminación de DNI, y está prohibida en el horario de 0 a 8.
También quedan prohibidos los eventos públicos y privados, sociales, culturales recreativos, religiosos y cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas, centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas, servicio de transporte público urbano, turismo y reuniones familiares y/o sociales.-