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Luciano
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MULTA EN BALOTAJE

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MULTA EN BALOTAJE

Balotaje 2023: de cuánto es la multa por no votar 

 

El próximo domingo, 19 de noviembre, se llevará a cabo el balotaje de las elecciones 2023 en Argentina. Es esencial que los ciudadanos cumplan con su deber cívico al votar, ya que quienes no lo hagan y no puedan justificar su ausencia enfrentarán multas según lo establecido en el Código Nacional Electoral, en su artículo 125, en la sección de “faltas electorales”.

Los montos de las multas por no votar varían y se aplican a aquellos mayores de 18 años y menores de 70 años que no puedan justificar su ausencia. Estos montos oscilan entre $50 y $500. No cumplir con esta obligación electoral tiene consecuencias significativas. Aquellos que no paguen la multa serán registrados como infractores, lo que implica la imposibilidad de realizar trámites durante un año, como obtener el pasaporte. Además, no podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.

La Cámara Nacional Electoral creó el Registro de Infractores, donde los ciudadanos que deben justificar su ausencia y saldar la deuda pueden realizar los trámites necesarios. Además, en este sitio web, los interesados pueden consultar el estado de sus infracciones y verificar si tienen multas pendientes.

De acuerdo con el artículo 125 de la Constitución Nacional, las multas se aplican de la siguiente manera:

$50 si el elector no tiene infracciones previas sin regularizar.

$100 si el elector tiene 1 infracción previa sin regularizar.

$200 si el elector tiene 2 infracciones previas sin regularizar.

$400 si el elector tiene 3 infracciones previas sin regularizar.

$500 si el elector tiene 4 o más infracciones previas sin regularizar

Es importante saber que existen justificaciones válidas para no votar. Estas incluyen estar enfermo o imposibilitado por fuerza mayor, ser juez o auxiliar de la justicia, o trabajar en organismos y empresas de servicios públicos que requieren tareas durante el acto electoral. También se permite la ausencia en caso de encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación y poder justificar este alejamiento por motivos razonables.