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INSISTE EN EXCLUÍR JUECES

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INSISTE EN EXCLUÍR JUECES

Memorándum con Irán: Cristina Kirchner volvió a pedir el apartamiento de los jueces que deben juzgarla

 

Su defensa había recusado a Andrés Basso, Rodrigo Giménez Uriburu y Javier Ríos, del Tribunal Oral Federal 8, por temor de parcialidad. Ellos, aceptaron hacerse a un lado. Pero otro TOF, el 7, rechazó el planteo y los confirmó. La ex presidenta apeló esa decisión y, ahora, el caso ahora debe ser revisado por la Cámara de Casación

La ex presidenta de la Nación Cristina Kirchner volvió a pedir el apartamiento de los jueces del tribunal oral que deben juzgarla junto a ex funcionarios de su gobierno por la firma del memorándum con Irán.

Su defensa los había recusado y los tres magistrados aceptaron apartarse. Pero otro tribunal oral rechazó el pedido y confirmó a los magistrados. Ahora la ex mandataria apeló el fallo para que sea revisado por la Cámara Federal de Casación Penal.

Se trata de los jueces Andrés Basso, Rodrigo Giménez Uriburu y Javier Ríos, quienes fueron sorteados para intervenir como magistrados del Tribunal Oral Federal (TOF) 8 en el caso del memorándum. “Los Dres. Basso, Ríos y Giménez Uriburu afirmaron, en línea con lo planteado por nuestra parte y la otra defensa recusante, que acude a su respecto un fundado temor objetivo de parcialidad que, como tal, impone su apartamiento de estos obrados. Es decir, los propios jueces recusados admitieron que no ofrecen garantías suficientes de imparcialidad frente al caso”, plantearon en su apelación a la que accedió Infobae los abogados de la ex presidenta, Alberto Beraldi y Ary Llernovoy.

Los tres magistrados fueron recusados por esa defensa y por la del ex ministro de Justicia de la Nación Juan Martín Mena -actual titular de la misma cartera en la provincia de Buenos Aires-. Las defensas señalaron que los magistrados ya tuvieron intervención en procesos vinculados al atentado a la AMIA cuya investigación dio lugar a la firma del memorándum.

 

Juan Martín Mena, ex ministro de Justicia de la Nación (Ministerio de Justicia y DDHH de la provincia de Buenos Aires)

 

Explicaron que Basso y Ríos fueron los jueces que intervinieron en el juicio oral contra el reducidor de autos Carlos Telleldín por haber vendido la camioneta traffic que se usó como coche bomba en el atentado a la AMIA. En ese proceso, Telleldín fue absuelto. En el caso de Giménez Uriburu, porque trabajó en el juzgado de Juan José Galeano, el juez que tuvo a su cargo el atentado y que fue condenado a seis años de prisión por las irregularidades en la investigación del caso. Por esa relación, Giménez Uriburu se excusó de intervenir en el juicio oral. Basso y Giménez Uriburu fueron dos de los jueces que condenaron a Cristina Kirchner por la obra pública en Santa Cruz.

La defensa de Cristina Kirchner recordó también el antecedente de la jueza Sabrina Namer para pedir el apartamiento de los magistrado. Namer fue apartada por la Cámara de Casación para intervenir en la causa por la firma del memorándum con Irán. Había sido titular de la UFI-AMIA y allí tomó intervención sobre hechos del atentado que estaban vinculados a la firma del memorándum, explicó Casación.

Los tres jueces aceptaron apartarse al compartir el criterio de las defensas y el caso pasó al TOF 7 para que lo resuelva. Pero los magistrados Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero rechazaron las recusaciones. La única excepción fue el voto de Castelli que sí entendió que Giménez Uriburu no debía intervenir pero quedó en minoría.

 

El abogado Carlos Alberto Telleldín (i), en una foto de archivo de 2015 en el momento que asistió al juicio por presunto encubrimiento del atentado contra la AMIA (EFE/David Fernández)

 

El TOF 7 sostuvo sobre la situación de Basso y Ríos que los hechos del caso del memorándum con Irán “resultan, sin lugar a dudas, distintos de aquellos” del juicio a Telleldín. “De tal suerte, queda claro que cualquiera haya sido la intervención de los magistrados o la circunstancia alegada con motivo de alguno de aquellos procesos, lo concreto es que -en definitiva- no se verifica el supuesto de intervención en el mismo suceso como pauta objetiva que dé sustento a la sospecha de parcialidad”, agregaron los jueces.

Respecto de Giménez Uriburu señalaron que los hechos del memorándum tampoco se relaciona con la investigación que hizo Galeano. “Por el contrario, se trata de hechos autónomos, ocurridos con posterioridad y con imputaciones dirigidas a personas distintas”, consideró.

La decisión de confirmaron a los magistrados fue apelada por la defensa de Cristina Kirchner en una presentación de 30 páginas a la que accedió este medio. “Es más que evidente que si los jueces Basso, Ríos y Giménez Uriburu han presentado sendos informes en los que expusieron detalladamente las circunstancias por las cuales entienden que no pueden garantizar su imparcialidad frente al caso (de allí que todos hayan aceptado, por distintos argumentos, los planteos deducidos), las recusaciones articuladas a su respecto debieron haber sido admitidas. Ello, no solo en resguardo de los derechos que asisten a nuestra defendida y a los restantes justiciables, sino también a fin de que la sociedad toda pueda tener la convicción de que este proceso (el cual reviste una singular trascendencia pública) será definido por un tribunal independiente e imparcial”, plantearon los abogados.

También objetaron que el TOF 7 haya planteado que se trata de casos distintos. Si bien la defensa reconoció que “la imputación formulada en este proceso no es igual a la que hace al objeto procesal de los expedientes en los que se investigó el atentado a la sede de la AMIA” también marcó que “es claro que todas estas causas están intrínsecamente vinculadas entre sí”. “Tanto es así que algunas hipótesis delictivas invocadas en estos sumarios sólo pueden ser planteadas en la medida en que se mantengan ciertas imputaciones formuladas en otras causas vinculadas al caso AMIA”, remarcó.

“Los objetos procesales de todos estos expedientes, en mayor o menor medida, se encuentran superpuestos. Así lo demuestran las constantes remisiones efectuadas por las partes y por los jueces intervinientes en esta causa a otras actuaciones vinculadas al caso AMIA, así como también la comunidad probatoria que se verifica entre todas estas investigaciones”, concluyó la defensa.

 

Los sobreseídos por la causa del Memorándum con Irán

 

El caso ahora debe ser revisado por la Cámara de Casación. La causa por la firma del memorándum se inició por una denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman que planteó que por con ese acuerdo se buscaba dar de baja las alertas rojas de detención de Interpol de los iraníes acusados del atentado a la AMIA, lo que la propia Interpol negó que haya ocurrido. Junto con la vicepresidenta y Mena están acusados el ex procurador del Tesoro Carlos Zannini, el ministro bonaerense Andrés Larroque, el senador Oscar Parrilli, entre otros.

Todos los acusados fueron sobreseídos por el TOF 8 -con otra integración de jueces- pero la Cámara de Casación revocó esa decisión y ordenó hacer el juicio.Las defensas apelaron el fallo y ahora está en revisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 

 

FUENTE: INFOBAE

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