Desde la promulgación de la ley, en la Argentina se legaliza el aborto en las primeras 14 semanas de gestación. No habrá más penalización para las mujeres que decidan interrumpir la gestación, y se establece que el profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia, pero se aclara que el Ministerio de Salud de la Nación debe procurar para estos casos la asistencia con otros profesionales, y además brindar la atención post aborto en los servicios del sistema de salud gratuitos.
Desde la sanción de la ley, las mujeres y personas gestantes tienen derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud en forma totalmente gratuita, en un plazo máximo de diez días corridos desde su requerimiento (en el caso de menores de 13 años, se debe contar con el consentimiento informado y la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal).
Los centros de salud privados o de la seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar un aborto a causa de la objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un lugar, de similares características, donde se realice efectivamente la prestación. Pero, se establece que el personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.
Tampoco se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria post aborto. El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.
Obras sociales y prepagas deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo. Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el PMO con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.
Gómez Alcorta: “Compramos medicamentos para el acceso de todas”
En este marco, la Ministra de las Mujeres, Genero y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta explico sobre los pormenores del trabajo en comisiones para la sanción de la ley, y en este sentido agradeció el trabajo de los senadores de la oposición por posibilitar acuerdos y así avanzar en una norma de respeto, hacia la concreción de derechos de las mujeres y gestantes.
“Se realizaron cambios conceptuales y se aclararon dudas en materia de metodologías y tiempos. El pedido más importante fue el del veto parcial de la palabra “integral”. Este fue un trabajo con senadores para no tener que hacer modificaciones al texto y que no tuviera que volver a la Cámara de Diputados. Los senadores lo hicieron posible”.
“Desde el momento que se promulga, deja de estar penalizada la práctica de la interrupción, no hay mas delito”, aclaro la Ministra.
“Desde el lunes vamos a trabajar en la aplicación, tenemos diez días para promulgarla. El Ministerio de Salud de la nación, que es la institución responsable de la aplicación ya dispuso la compra de medicamentos para aprovisionar a las provincias de misoprostol, atento a los posibles requerimientos de las mujeres”.
“Sabemos que es un punto de partida, una vez que se conquista la ley, tenemos que trabajar en la implementación en todo el país. Cualquier persona que decida tomar un medicamento para interrumpir su embarazo lo podrá hacer, sin ser castigada. Vamos a estar atentos a los posibles amparos en contra de la promulgación, pero ya iniciamos el camino de la adquisición de derechos, y no hay vuelta atrás”.
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